CALENDARIO DE DÍAS FESTIVOS PARA EL AÑO 2025

  • Empleo
  • Licencias y permisos
  • Normativa
  • Decretos
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Funcionario
  • Interino
  • Laboral

20 de mayo de 2024

Hoy, se ha publicado en DOE el DECRETO 41/2024, de 14 de mayo, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.

Las fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025 serán las siguientes:

  • 1 de enero, Año Nuevo. 
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 17 de abril, Jueves Santo.
  • 18 de abril, Viernes Santo.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
  • 8 de septiembre, Día de Extremadura.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España. El descanso laboral se disfrutará el lunes día 13 de octubre, por coincidir en domingo.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Con carácter de fiestas locales, serán también inhábiles para el trabajo otros dos días, que serán determinados por la Dirección General de competente en materia de trabajo, a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo. Los Ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas antes del 15 de septiembre de 2024.

Puedes acceder al Decreto desde documento PDF adjunto a esta noticia.

ARCHIVOS ADJUNTOS

COMPARTIR